__::Presa Canario Club de trabajo::__ cabecera

Estatutos

ARTÍCULO 1: Con la denominación Presa Canario Club de Trabajo.

ARTÍCULO 2: Esta asociación se establece de forma indefinida.

ARTÍCULO 3: Esta asociación tiene como fines:
a) la conservación, fomento, mejora, desarrollo y defensa de la raza canina Presa Canario con su nombre tradicional y estándar original según ley del Ministerio de alimentacion agricultura y pesca Real Decreto 558/2001.
b) la promoción y defensa de nuestra raza como perro social y beneficioso para la misma sociedad.

ARTÍCULO 4: Facilitar a todos los criadores y aficionados de la raza Presa Canario toda la información posible que obre en su poder y que pueda contribuir a una mejor tenencia y crianza de nuestra raza.

ARTÍCULO 5: Propiciar la propagación de los mejores ejemplares que cumplan con el estándar y cualidades que defendemos para el Presa Canario.

ARTÍCULO 6: Esta asociación jamás será un medio para beneficio personal de ningún miembro, no se promocionará ningún perro de socios o directivos que no cumpla con las exigencias establecidas por el Club en cuanto a la crianza, tales como test de carácter, placas displasia o el título A.C.

ARTICULO 7: El Club sugiere que para que para cualquier ejemplar se reproduzca, macho o hembra, deba tener al menos 18 meses y tener placas libre de displasia, haber pasado un test de temperamento y tener el titulo A.C. Sólo así el Club podrá recomendar el perro como apto y beneficioso para la raza, entendiendo que sólo así aseguramos la calidad de nuestros futuros Presas y con esto descartaríamos taras genéticas y temperamentos y actitudes no deseadas en el perro de Presa.

ARTICULO 8: Será prioridad de esta asociación la de hacer y promocionar los eventos donde se puedan desarrollar pruebas de trabajo, sociabilización y obediencia de nuestra raza, todo con el fin de dar a entender la tenencia responsable de nuestros perros.

ARTICULO 9: La asociación será gestionada por una directiva formada por un presidente, vicepresidente, tesorero y un vocal, siendo el presidente quien tenga potestad sobre cualquier iniciativa planteada por la directiva o socios del club, siendo este cargo indefinido salvo en el caso de renuncia voluntaria; con lo cual el mismo designará otro presidente. El presidente tendrá la última palabra sobre cualquier iniciativa por parte de la mesa directiva con lo que su voto será determinante para cualquier petición o iniciativa.

ARTICULO 10: Los socios tendrán la responsabilidad de salvaguardar el buen nombre del Club. Cualquier socio que se expresa en forma negativa del Club podrá ser separado de este previa notificación al mismo por el consejo directivo.


Presa Canario Club de Trabajo.
C/ El Higueral nº4, Seseña (Toledo).
Tlf: 629 140 305